Un tribunal absolvió por el beneficio de la duda a un docente acusado de abuso sexual agravado
Los jueces fundamentaron el fallo en la falta de certeza probatoria requerida para una condena, pero aclararon enfáticamente que no se puso en duda la credibilidad de la víctima ni se presumió el consentimiento.
Un Tribunal de Juicio integrado por los magistrados Marcelo Chironi, Guillermo Bustamante y Guillermo González Sacco resolvió por unanimidad absolver por el beneficio de la duda a un docente que había llegado a la instancia de debate acusado por el delito de abuso sexual agravado. Al adelantar el veredicto, cuya sentencia completa se dará a conocer el próximo 14 de agosto, los jueces explicaron que el Ministerio Público Fiscal no logró acreditar la acusación con el grado de certeza que exige la ley.
Para evitar interpretaciones erróneas, los integrantes del tribunal hicieron especial hincapié en dos ejes conceptuales de su resolución. Por un lado, remarcaron que el consentimiento debe ser “una aceptación inequívoca, voluntaria y reversible que jamás puede presumirse”, coincidiendo con la doctrina vigente. Por otro lado, aclararon enfáticamente que la decisión absolutoria no implicó poner en duda la credibilidad del testimonio de la joven denunciante ni cuestionar la veracidad de su relato.
Sin embargo, los magistrados argumentaron que al contrastar la evidencia presentada por la fiscalía con las pruebas de descargo de la defensa, no se alcanzaron los estándares probatorios mínimos fijados por el Superior Tribunal de Justicia. Ante la presencia de contradicciones o falta de elementos de prueba suficientes sobre cómo ocurrieron los hechos tal como fueron formulados en la imputación, se aplicó el principio de in dubio pro reo (artículo 8 del Código Procesal Penal), el cual estipula que frente a una duda razonable se debe fallar a favor del imputado.
