Nueve años de espera y una millonaria condena: la justicia resolvió a favor de un ciclista atropellado en Viedma

Un gravísimo accidente de tránsito ocurrido en 2017 en el puente Basilio Villarino culminó con una sentencia civil que ordenó abonar más de 24 millones de pesos. El damnificado, que realizaba actividades deportivas y profesionales, sufrió graves lesiones tras ser embestido por un taxi que perdió el control.

La Justicia civil de Viedma dictó un fallo resolutorio tras un extenso litigio de nueve años originado por un siniestro vial registrado el 9 de febrero de 2017. La jueza Julieta Noel Díaz, titular de la Unidad Jurisdiccional Civil N.º 1, hizo lugar a la demanda impulsada por un ciclista profesional que fue embestido por un automóvil de alquiler cuando descendía del puente interprovincial que conecta Viedma con Carmen de Patagones, a la altura del rulo de acceso a la capital rionegrina.

De acuerdo con la reconstrucción judicial, el impacto se produjo luego de que dos vehículos involucrados realizaran maniobras imprudentes y circularan a velocidad superior a la reglamentaria, provocando que uno de ellos perdiera el control y atropellara al deportista. Las pericias y las pruebas incorporadas al expediente permitieron atribuir una responsabilidad concurrente a ambos conductores y a sus respectivos titulares registrales, además de fijar las pautas de respuesta para una de las compañías aseguradoras intervinientes.

El trágico episodio dejó secuelas físicas que mantuvieron al ciclista marginado de los entrenamientos y de las competencias habituales durante al menos seis meses, afectando además sus clases particulares y su labor como profesor de Educación Física. Como consecuencia de esto, la sentencia contempló una indemnización inicial superior a los 24.300.000 pesos discriminada en conceptos de lucro cesante, pérdida de chance, daño moral y gastos médicos, restando aún cuantificar rubros pendientes como la incapacidad sobreviniente y la reposición del rodado destruido.

La resolución judicial también desestimó los planteos de la aseguradora respecto a un supuesto cese de cobertura y rechazó los argumentos de un titular registral que intentaba deslindar su responsabilidad patrimonial. De este modo, el tribunal impuso el cumplimiento de los pagos indemnizatorios con más los intereses acumulados hasta el momento de la efectivización del monto fijado.

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