Mantienen la veda preventiva por presencia de toxina paralizante en moluscos de la costa atlántica rionegrina

La Secretaría de Ambiente y Cambio Climático ratificó la prohibición de extracción, acopio, consumo y comercialización de mariscos en el Área Natural Protegida Caleta de los Loros y Pozo Salado. Tras un segundo estudio que confirmó el incremento de los niveles de la toxina, la restricción continuará vigente hasta obtener tres análisis negativos consecutivos.

Las autoridades ambientales sanitarias de la provincia de Río Negro resolvieron sostener la veda precautoria en la franja costera comprendida por el Área Natural Protegida Caleta de los Loros y Pozo Salado, al confirmarse la persistencia de toxina paralizante de moluscos. La determinación fue fundamentada en los resultados emitidos por el Laboratorio Regional de Salud Ambiental de Viedma (Uresa), organismo que detectó la sustancia en muestras tomadas sobre moluscos bivalvos del género Mytilus, conocidos comúnmente como mejillones.

El esquema de monitoreo constante reveló una evolución ascendente en la concentración del agente nocivo dentro del sector costero. Mientras que las muestras recolectadas el pasado 2 de septiembre arrojaron un registro inicial de 212 Unidades Ratón cada 100 gramos (UR/100g), los análisis más recientes treparon a 227 UR/100g. Si bien los guarismos permanecen formalmente por debajo del tope regulatorio internacional —fijado en 400 UR/100g—, el incremento gradual encendió los protocolos preventivos para resguardar la salud pública y prevenir cuadros de intoxicación severa.

A partir de las recomendaciones emitidas por el Área Técnica de Biodiversidad y Áreas Naturales Protegidas, la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático dispuso un alcance restrictivo integral sobre toda la zona delimitada por el área protegida. La normativa vigente veta de manera taxativa la extracción, recolección, acopio, venta y consumo tanto de moluscos bivalvos como de crustáceos, extendiendo la prohibición a cualquier modalidad de pesca dentro de ese perímetro marítimo.

Aunque los voceros de los organismos intervinientes precisaron que el escenario actual no alcanza la magnitud del fenómeno conocido como “marea roja”, se dejó en claro que la restricción no contempla una fecha prefijada de caducidad. Para dar por finalizada la emergencia y rehabilitar el aprovechamiento comercial o recreativo de los recursos marinos en la zona de Pozo Salado y Punta Mejillón, la normativa provincial exige el cumplimiento de un estricto protocolo que requiere la obtención de tres análisis de laboratorio consecutivos con resultado negativo.

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