Lo despidieron del casino por ayudar en el negocio de su esposa durante una licencia médica y la Justicia falló a su favor
El trabajador tenía casi 20 años de antigüedad y atravesaba un tratamiento por problemas de salud mental. La empresa lo echó después de comprobar que colaboraba en un carro gastronómico familiar, pero la Cámara Laboral de Viedma consideró injustificada la decisión y ordenó indemnizarlo.
Un trabajador que llevaba casi dos décadas desempeñándose como crupier en un casino consiguió un fallo favorable de la Cámara del Trabajo de Viedma, luego de haber sido despedido por colaborar en un emprendimiento gastronómico de su familia mientras se encontraba de licencia médica. La empresa consideró que esa actividad constituía una falta grave y una pérdida de confianza, pero los jueces determinaron que no existían motivos suficientes para justificar la desvinculación y ordenaron el pago de las indemnizaciones correspondientes.
El conflicto comenzó en febrero de 2025, cuando el empleado atravesaba un tratamiento por un cuadro de ansiedad vinculado con las condiciones de su trabajo. Según consta en el expediente, sus tareas como pagador en las mesas de juego implicaban una importante exigencia emocional, agravada por situaciones de tensión y conflictos con clientes. Los profesionales que lo atendieron le indicaron reposo laboral ambulatorio, una modalidad que no exige permanecer inmóvil ni abandonar todas las actividades cotidianas, sino evitar aquellas condiciones que pudieran perjudicar su recuperación.
Durante ese período, representantes del casino observaron que el trabajador colaboraba en un carro gastronómico ubicado frente a su vivienda, perteneciente a su pareja y administrado junto a su hijo. La empresa realizó distintas verificaciones, incluso con la participación de una escribana, y documentó que el hombre manipulaba utensilios de cocina y trasladaba alimentos. A partir de esas observaciones, decidió despedirlo con causa el 18 de febrero de 2025, al interpretar que estaba realizando otra actividad laboral mientras debía cumplir reposo.
El trabajador rechazó la acusación y acudió a la Justicia. Durante el proceso sostuvo que su participación en el emprendimiento era ocasional, que no recibía una remuneración y que esas tareas no resultaban incompatibles con las indicaciones de sus médicos. Una pericia psiquiátrica respaldó esta interpretación al establecer que determinadas actividades recreativas o de baja exigencia pueden ser compatibles con el tratamiento de problemas de salud mental, siempre que no reproduzcan las condiciones que provocaron la afección.
Al analizar las pruebas, los magistrados consideraron que el casino no logró demostrar que el empleado cobrara por su colaboración, cumpliera horarios, recibiera órdenes o desarrollara una actividad que perjudicara su recuperación. También tuvieron en cuenta que llevaba casi 20 años trabajando para la empresa sin registrar sanciones disciplinarias. En consecuencia, entendieron que el despido resultó desproporcionado frente a la conducta acreditada.
La sentencia, dictada el 30 de septiembre de 2026, condenó a la empresa a pagar las indemnizaciones correspondientes a un despido sin causa, además de los salarios reconocidos por el período de licencia médica. Sin embargo, el tribunal rechazó el reclamo adicional por daño moral y discriminación, al considerar que no existían pruebas suficientes para acreditar esos extremos.
El caso pone de relieve una distinción importante en materia laboral: encontrarse de licencia por problemas de salud mental no significa necesariamente que una persona esté impedida de realizar cualquier actividad. La Justicia aclaró que cada situación debe evaluarse según las indicaciones médicas, las características de las tareas y su posible incidencia en la recuperación del trabajador.
